¿En qué situaciones y por qué motivos pueden subirte el precio de tu alquiler?

Subir el precio del alquiler, es una de las mayores preocupaciones del arrendatario de una vivienda habitual, y aún más con la situación actual derivada de la pandemia de la COVID-19 y la crisis sanitaria, laboral y económica en la que nos hemos visto envueltos.

Existen principalmente dos situaciones en las que nos pueden subir el precio del alquiler en el contrato que tengamos vigente y son las siguientes.

Subir el precio del alquiler por actualización de la renta cada año de vencimiento de contrato

Puede ser pactado por las partes el índice o referencia para la actualización de renta, pero es importante tener en cuenta que el incremento no podrá exceder de la variación experimentada por el IPC a fecha de cada actualización.

La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística.

Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente.

Subida por obras de mejora en la vivienda arrendada

Transcurrido el plazo de prórrogas forzosas (5 años si el arrendador es una persona física y 7 años cuando sea persona jurídica), salvo pacto en contrario, si el arrendador realiza obras de mejora en el piso, tendría derecho a subir la renta anual hasta un máximo del 20 % de la renta vigente en aquel momento. El artículo 19 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que, para calcular la cuantía, se aplique al capital invertido en la obra el tipo de interés legal del dinero en el momento de terminación las obras incrementado en tres puntos, sin que pueda exceder el aumento del veinte por ciento de la renta vigente en aquel momento. Para el cálculo del capital invertido, deberán descontarse las subvenciones públicas obtenidas para la realización de la obra.

Una vez finalizada la mejora, el arrendador tiene la obligación de notificar por escrito al arrendatario la subida del precio del alquiler, detallando los cálculos y aportando copias de los documentos justificativos de los que resulte el coste de las obras realizadas.

Cabe mencionar que también, es muy frecuente, una vez finalizada la duración del contrato de arrendamiento, que el arrendador ofrezca al arrendatario la posibilidad de celebrar un nuevo contrato. En este caso, al tratarse de un supuesto de novación contractual que deja sin efecto el anterior contrato, la renta es la que pacten de mutuo acuerdo las partes, sin que a fecha actual esté sujeta a ningún límite (Salvo en Cataluña, que si existe una Ley que limita la renta de alquiler para viviendas con un índice de referencia de precios para zonas de mercado tensas).

Teniendo en cuenta todo lo anterior, siempre se recomienda que ante cualquier solicitud de incremento de renta, asesorarse con un especialista formado en derecho arrendaticio, y en la medida de lo posible intentar siempre llegar a acuerdos entre las partes que eviten procedimientos judiciales.

Por último, te dejamos con una selección de inmuebles que encontrarás disponibles en nuestra página web, en la sección de alquiler de temporada perfectos para verano. 

  1. Vive tus vacaciones de ensueño en Sitges

    Chalet disponible para alquiler de temporada para el mes de agosto o septiembre en la idílica localidad de Sitges. Situado en la zona de Terramar, a pocos metros de la playa, en un ambiente tranquilo y discreto.

    – 204 m2
    – 4 dormitorios
    – 3 baños

  2. Casa de lujo para vacaciones en el Maresme

    Casa grande de lujo situada en Sant Andreu de Llavaneres, concretamente en la exclusiva Urb. Rocaferrera. Ubicación privilegiada con vistas al mar. Consta de 700m2 de construcción i 2200m2 de terreno. Construcción moderna y práctica.

    – 2.200 m2                                                                                                              – 7 dormitorios                                                                                                               – 9 baños

   3.    Exclusivo piso en el centro de Vilafranca

Piso en alquiler en el mismo centro de Vilafranca del Penedès, en la famosa Rambla. Con absolutamente todos los servicios al alcance a pie.

         – 130 m2

         – 3 dormitorios

        – 2 baños                                                                                                                    

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