Pueden existir muchas dudas cuando se trata de comprar o alquilar una vivienda. Por ello, a la hora de buscar una casa en alquiler en Vilafranca del Penedès, debe tener toda la información al respecto, y así obtener más tranquilidad, especialmente sobre cuánto dinero debe tener ahorrado para adquirir una vivienda o qué requisitos puede llegar a exigirle un casero para alquilarle su vivienda.
En el caso en que se decidiera por la opción de un piso en alquiler en Vilafranca del Penedès, debe tener en cuenta que el propietario le puede realizar una serie de preguntas para asegurarse de que será un buen inquilino y que, no sólo cuidará de la vivienda como si fuera suya, sino que podrá hacer frente al pago de las mensualidades a su debido tiempo.
Exigencias de los propietarios para alquilar una casa en alquiler en Vilafranca del Penedès
Decidirse por una casa en alquiler en Vilafranca del Penedès no es una tarea complicada, pero sí hay que tener presente algunos aspectos.
Dado que actualmente hay mucha más demanda que oferta, puede que los propietarios lleguen a ser más exigentes a la hora arrendar sus inmuebles.
Además, para evitar posibles impagos en el alquiler y asegurarse de tener a unos buenos inquilinos en sus viviendas, los caseros suelen pedir ciertos requisitos, la mayoría referentes a la situación laboral y económica de los interesados en alquilar la vivienda.
Aun así, es importante conocer las cláusulas legales y cuáles pueden llegar a considerarse abusivas dentro de un contrato de alquiler, para evitar que los propietarios incumplan lo que establece la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). De hecho, ninguna de las cláusulas que aparecen en los contratos de alquiler puede ser contraria a lo que dicta la LAU.
A continuación, le mostramos algunos de estos aspectos o exigencias que los propietarios de los pisos o casas pueden solicitar:
- El propietario puede exigir al inquilino un aval para alquilar un piso: con el fin de asegurarse de que sus inquilinos podrán pagar las mensualidades del alquiler a tiempo, los caseros puedenpedir un aval bancario o personal para alquilar su vivienda como garantía adicional del pago de la renta.
- El propietario puede exigir al inquilino su contrato laboral para alquilar un piso: además de pedir el aval, los propietarios tambiénsuelen solicitar a los futuros inquilinos otros documentos, como su contrato laboral, así como las tres últimas nóminas, para estar seguros de su solvencia y estabilidad económica. Incluso, algunos caseros pueden no aceptan a personas o familias que cobren menos de X dinero al año.
- El propietario puede exigir al inquilino pagar el IBI y la comunidad para alquilar un piso: la Ley de Arrendamientos Urbanosrecoge que “las partes podrán pactar los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades”. Dicho de otra manera: la ley deja libertad a las partes firmantes para que decidan quién debe pagar qué. Por lo tanto, un propietario puede hacerle pagar al inquilino algunos gastos para el mantenimiento del piso, como el IBI, la comunidad o la tasa de basura, entre otros.
- El propietario puede exigir al inquilino cómo quiere que éste le pague la renta para alquilar un piso: otra de las cosas que los caseros pueden decidir es la forma en la que quieren cobrar las mensualidades del alquiler: mediante transferencia bancaria, Bizum, domiciliación o en efectivo. Siempre teniendo en cuenta que los pagos en efectivo no pueden superar los mil euros.
- El propietario puede exigir al inquilino que no viva con más de X personas para alquilar un piso: para evitar que su vivienda se convierta en un piso de estudiantes, muchos caseros ponen como condición a la hora de alquilar, que en ella no vivan más de X personas. Asimismo, también pueden exigir que en ningún caso se subalquilen habitaciones.
- El propietario puede exigir al inquilino que no fume o no tenga mascotas, ni haga obras para alquilar un piso: la LAU determina que los caseros tienen libertad para prohibir o restringir a los inquilinos ciertas prácticas, como fumar, tener mascotasen el hogar o hacer obras, entre otros. De nuevo, la normativa deja libertad a las partes para que lleguen a un acuerdo sobre ello. Por ello, si así lo consideran, los propietarios podrán prohibir estas actividades, siempre que lo hagan constar de forma explícita en el contrato de alquiler. Una de las más habituales es la prohibición de mascotas; de hecho, sólo un 4% de las viviendas en alquiler en España aceptan perros y gatos. No obstante, en ningún caso podrán discriminar a una persona por raza, etnia o creencias religiosas.
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